Es una autorización que solicitan los
extranjeros desde su país de origen que autoriza a residir en España sin realizar actividad laboral.
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea,
del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- No encontrarse irregularmente en territorio
español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en
sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no
figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Tener medios económicos necesarios para sufragar los
gastos de estancia y regreso y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
- Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM, que en este
año 2014 asciende a 2.130,04 euros.
- Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del
IPREM que en este año 2014 asciende a 532,51 euros.
- Contar con un seguro público o privado de
enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener
repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo
de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.
- Impreso de solicitud de visado de residencia en
modelo oficial por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero, o su representante legal en caso de ser menor de edad.
- Pasaporte o título de viaje, reconocido como válido
en España, con vigencia mínima de un año.
- Certificado de antecedentes penales o documento
equivalente, en caso de ser mayor de edad penal, expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
- Documentación acreditativa de disponer de medios
económicos para el período que se solicita.
- Documentación acreditativa de disponer de seguro
médico.
- Certificado médico.